
A continuación se repasan y analizan el proceso de consolidación jurisprudencial del daño al proyecto de vida, tanto en la Corte Interamericanba de Derechos Humanos, como en la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Luego se afrontan las perspectivas posibles del daño a la libertad fenoménica: el llamado daño genérico al proyecto de vida (que es –para nosotros- un daño existencial cuyo contenido es la imposibilidad de articular un proyecto de vida, pero que, por eso mismo, no puede clasificarse como tal, a riesgo de caer en confusiones innecesarias) y luego el daño al proyecto de vida singular y determinado.
Finalmente, se intenta señalar una impronta circular. Así tras reseñar en el primer capítulo los famosos “diez reglas sobre el resarcimiento del daño extrapatrimonial”, que MOSSET ITURRASPE publicara en 1994, quisieron terminar la exposición con la formulación de nuestras “veinte reglas posibles para el resarcimiento del daño al proyecto de vida”.
En el momento en el que este libro se finalizaba, el Poder Ejecutivo de la nación presentó un anteproyecto de reforma y unificación de los códigos Civil y Comercial. En el que se recetan casi todas las ideas y que se ha plasmado aquí.
El índice lo podrás ver adjunto en PDF.