Así mismo, cuando se emplea el término “flexibilización”, este se refiriere a la reducción de las garantías de protección de este derecho. Sucede, en ocasiones, que la celeridad de los tribunales y administraciones públicas a la hora de sancionar, o el deseo de simplificar trámites de cualquier tipo en procesos judiciales o administrativos o, simplemente, la consideración de que la protección de un derecho no requiere de procedimientos excesivamente garantistas, hace que se debiliten o disminuyan las garantías para la aplicación del derecho. Ciertamente, tales circunstancias no eliminan el derecho en sí, pero dificultan, a veces enormemente, su reconocimiento y tutela en la práctica.
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